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Cancelación voluntaria de categorías en el RAA

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El avaluador que desee cancelar de forma voluntaria ciertas categorías inscritas en Registro Abierto de Avaluadores - RAA, deberá tener en cuenta los siguientes pasos:

FORMATO DE CANCELACIÓN VOLUNTARIA DE CATEGORÍAS  EN EL RAA:

Descarga, imprime, diligencia y firma con huella el siguiente Formato de cancelación voluntaria de categorías.

FORMATO CANCELACIÓN VOLUNTARIA DE CATEGORÍAS DEL RAA

Ten presente que la fecha del formato, deberá coincidir con el día del envío de la información por correo electrónico.

Nota 1: Ten presente que remitir la solicitud de cancelación voluntaria de categorías en el RAA, no aplica de manera inmediata, sino únicamente a partir del momento en que la aprobación de la solicitud sea comunicada al avaluador por parte de la ERA.

Si algunos de tus datos han cambiado, actualiza tus datos personales aquí: Actualización de datos personales.  Conoce y acepta nuestra política de manejo de datos personales.

ENVÍA LA DOCUMENTACIÓN

 Por favor envía la documentación al correo electrónico: admisiones@ana.org.co con el asunto “CANCELACIÓN VOLUNTARIA DE CATEGORÍAS DEL RAA”

Para aclarar dudas también puedes consultarnos en las líneas gratuitas de atención al cliente a nivel nacional 01-8000 423 640  y en Bogotá (601) 3559740.

1. ¿Cuánto se demora la respuesta a mi solicitud de Cancelación Voluntaria de Categorías en el RAA?

El término de respuesta dentro de una solicitud de Cancelación Voluntaria de Categorías es de aproximadamente cinco (5) días calendario. Debe tenerse en cuenta que el término mencionado empezará a contarse únicamente a partir del momento en que el interesado radique ante la ERA el formato correspondiente a este trámite.

2. ¿Cuál es el valor del trámite?

Este procedimiento no tiene ningún costo.

3. Si cancelo una categoría en el RAA, ¿puedo volver a obtenerlo?, ¿qué requisitos necesito para tal fin?

Sí. Una vez el avaluador cancele una categoría en el RAA, podrá obtenerlo nuevamente en el futuro a través de un procedimiento de Actualización de Categorías, para lo cual, deberá acreditar una formación académica que cumpla con los requisitos señalados por el artículo 6 de la Ley 1673 de 2013.

4. ¿A partir de qué momento no puedo ejercer la actividad valuatoria en las categorías que he solicitado cancelar?

A partir del momento en que la ERA notifique al avaluador de que su solicitud de Cancelación de Categorías ha sido aceptada, el tasador estará impedido para realizar avalúos en las categorías que le han sido cancelados. Adicionalmente, junto con la notificación de la cancelación de categorías, la ERA le enviará al avaluador un certificado del RAA actualizado donde constan las categorías en las cuales sí podrá ejercer su oficio.

5. ¿En qué casos no puedo cancelar una categoría en el RAA?

El avaluador es totalmente libre para cancelar en cualquier momento las categorías que desee, por lo cual no existe ninguna limitación al respecto siempre y cuando se adelante el trámite siguiendo los pasos y diligenciando el formulario dispuesto por la ERA para tal fin.